ESCRITURA EN CONDOMINIO

Los 8 lotes están en condominios de a 2 y de a 3 condóminos según el caso, dentro de 3 parcelas de 2,4has. cada una, las que tienen su título de propiedad independiente.

En la Parcela 49 se conforman los lotes 1, 2 y 3; en la Parcela 48 los lotes 4 y 5; y en la Parcela 47 los lotes 6, 7 y 8.

Cada comprador firma la escritura traslativa en condominio con los otros compradores: en la Parcela 48 con 1 condómino más, y en las Parcelas 49 y 47 con 2 condóminos más.

La parte legal la lleva adelante el escribano Juan Cruz Lagos, quien al respecto hace el siguiente comentario:

… «La operatoria a efectivizar es la siguiente: A la parte adquirente se le otorga una escritura publica traslativa de dominio de una parte indivisa del inmueble inscripto  en el registro de la propiedad inmueble; eso lo hace dueño y titular registral de bien. Asimismo se otorga un convenio de división de condominio el cual se certifica, que hace que las partes dividan su condominio establecido en la escritura, y que esa parte “indivisa” se divida y concrete en una porción de terreno efectivo que es el que realmente adquiere; ese convenio con fecha cierta hace que cualquier problema (inhibiciones, juicios, etc.) que pudieran tener en posterior los diferentes propietarios, NO le sean oponibles o imputables a los restantes propietarios. Finalmente se  otorga un Poder Especial Irrevocable reciproco entre todos los propietarios, para que cada uno pueda realizar los trámites administrativos que necesite, tanto a nivel Municipal como ante cualquier organismo sin necesidad de la firma de los otros condóminos; este poder tiene validez por más  que uno o más de los condóminos fallezcan «…

ANEXO A LA ESCRITURA

Cada comprador al momento de firmar la escritura traslativa de dominio deberá firmar el Anexo, en el cual se comprometerá a cumplir lo estipulado respecto a las Normas Constructivas, a las especificaciones sobre la planta de tratamiento de efluentes cloacales que debe instalar, el aporte para el mantenimiento de la calle interna y el espacio común sobre la laguna, y el aporte proporcional en la factura del servicio eléctrico de cada condominio.

El no cumplimiento de lo estipulado en el Anexo perjudicará directamente al resto de los condóminos, por lo cual ellos serán los primeros en controlar que cada propietario cumpla con lo firmado.